Pandemia Covid-19 y el derecho de acceso a la salud de las personas migrantes en México

Pandemia Covid-19 y el derecho de acceso a la salud de las personas migrantes en México

Pandemia covid-19 y el derecho de acceso a la salud  de las personas migrantes en México

Molina Gutiérrez, César  

Olvera Aldana, Fabiola

Rocha Pina, Mirta Elena

La migración nunca debería ser fruto de la desesperación, pero, cuando lo es, “se debe cooperar para responder a las necesidades de las y los migrantes que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y crear condiciones que permitan a las comunidades y las personas vivir con seguridad y dignidad en su propio país”[1], es decir, la estrategia para atender el problema migratorio debe realizarse en conjunto entre los países de origen y destino de las personas migrantes. 

Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha establecido que, en relación con los derechos de las personas migrantes, los países pueden otorgar un trato distinto a las personas migrantes documentadas que a las indocumentadas, o bien entre personas migrantes y nacionales, “siempre que ese trato sea razonable, objetivo y proporcional y no lesione derechos humanos”[2]. Al respecto, cabe destacar que conforme a lo dispuesto por el artículo 1º constitucional, todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas, por lo que el Estado debe prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

En ese sentido, México como país de acogida debe proporcionar a las y los migrantes acceso a servicios básicos de salud, ya que la nacionalidad no debe utilizarse como motivo de discriminación para la atención sanitaria. De acuerdo con el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales toda persona tiene derecho “al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental”[3] y los gobiernos deben asegurar que “los establecimientos, bienes y servicios de salud [sean] accesibles, de hecho y de derecho, a los sectores más vulnerables y marginados de la población, sin discriminación alguna por cualquiera de los motivos prohibidos”[4]

El riesgo de enfermedad y problemas sanitarios es mayor entre determinados grupos de migrantes como los procedentes de zonas pobres, los que se han desplazado a causa de un conflicto o catástrofe natural, los pertenecientes a grupos en situación de vulnerabilidad (personas con enfermedades preexistentes, niñas y niños no acompañados, personas mayores, mujeres y familias monoparentales) y quienes cuentan con poca formación, o con competencias ocupacionales y lingüísticas escasas se enfrentan a un mayor riesgo de resultados sanitarios adversos[5].

Resulta relevante mencionar que el contexto migratorio de México a nivel mundial es complicado, nuestro país y los Estados Unidos de América (EUA) comparten el mayor corredor de migración en el mundo, en el cual las personas enfrentan innumerables violaciones a sus derechos humanos a la vida, la integridad, la libertad, la seguridad, la salud, entre otros, incrementando así su condición de vulnerabilidad.

Si bien al inicio de su gobierno el presidente Andrés Manuel López Obrador declaró en múltiples ocasiones que México tenia las puertas abiertas para las personas migrantes e incluso dijo que su gobierno ofrecería trabajo a migrantes centroamericanos[6], la realidad actual es muy diferente, con la creación de la Guardia Nacional y su atribución de realizar, en coordinación con el Instituto Nacional de Migración (INM), la inspección de los documentos migratorios de personas extranjeras, a fin de verificar su estancia regular, ha habido innumerables violaciones a derechos humanos de las personas migrantes[7].

Asimismo, derivado de la política de austeridad implementada por el gobierno federal, el INM ha sufrido recortes en su presupuesto, por ejemplo para 2019 el INM tenía presupuestado mil 330.6 millones de pesos, una cifra inferior en 23.1 por ciento a los mil 731.8 millones de pesos erogados el año 2018[8], y el presupuesto destinado a las estaciones migratorias tuvo una disminución del 85% en el primer año de la administración del presidente López Obrador[9].

Aunado a lo anterior, México y EUA, durante la administración de Donald Trump, adoptaron acuerdos que obstaculizan a las personas migrantes el acceso a territorio estadounidense y el procedimiento de asilo de ese país, como la Declaración Conjunta México Estados Unidos y el Acuerdo Complementario entre los Estados Unidos y México.

Lo anterior deja claro que, si bien en el discurso el gobierno actual ha planteado un giro a la política migratoria, la realidad es que no ha existido la voluntad política suficiente para poder enfrentar los retos que se presentan en torno al fenómeno migratorio y los cuales son más desafiantes en el contexto de la pandemia del COVID-19.

El contexto de vulnerabilidad en el que se encuentran las personas migrantes per se, se ha visto agravado con la crisis sanitaria provocada por la pandemia del COVID-19. Aquellos sectores de la población que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad por la discriminación estructural que viven diariamente como las personas migrantes, han visto impactada su condición debido a la restricción en el acceso a derechos universales como la salud, la alimentación, vivienda y trabajo[10]

Las personas migrantes ven vulnerado su derecho al goce del grado máximo de salud que se pueda lograr, puesto que el riesgo de que sean contagiadas se incrementa en los lugares de detención, espacios cerrados, pequeños y comunes, donde es difícil mantener la distancia debida para evitar el contacto con otras personas. Sin embargo, las prácticas de detención llevadas a cabo en México por el INM han continuado, aunque en menor medida debido a la reducción del flujo migrante por la pandemia[11]

Según cifras de la Unidad de Política Migratoria, Registro e Identidad de Personas de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Población y Migración de la Secretaría de Gobernación, de enero a noviembre del 2020 se habían detectado a 80,926 migrantes indocumentados que se adentraron a nuestro país, de los cuales 62% fueron deportados a su país de origen. Ello, pese al cierre de fronteras suscitado por la pandemia del coronavirus y los riesgos de contagio para las personas en movilidad[12].

En relación con las prácticas de detención llevadas a cabo por el INM, el 25 de marzo de 2020, el Subcomité de las Naciones Unidas para la Prevención de la Tortura recomendó a los gobiernos una serie de acciones para la protección de personas privadas de libertad durante la pandemia de COVID-19, que incluyen personas que permanecen en centros de detención migratorios[13]. De igual forma, ese mismo día, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, hizo un llamado a los gobiernos para que implementen medidas de carácter urgente paraproteger la salud y la integridad de personas que se encuentran en instalaciones cerradas ante la amenaza del COVID-19[14]

Por su parte, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), recomendó evitar realizar detenciones migratorias y deportaciones o devoluciones sin las debidas medidas sanitarias para evitar riesgos de contagio de Covid-19 y salvaguardar el derecho a la salud, así como garantizar el regreso y retorno con la implementación de protocolos sanitarios[15]

A pesar de lo señalado por estos organismos internacionales, en México, solo el 40% de las Estaciones Migratorias cuenta con personal médico, mientras que el resto de las Estaciones carece de este servicio[16].  Aunado a ello, desde hace años, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), había emitido diversas recomendaciones al INM[17], a efecto de que mejoraran las instalaciones de las estaciones migratorias, garantizando las medidas necesarias y así asegurar el derecho a la salud de las personas migrantes. 

Asimismo, el Informe sobre los efectos de la pandemia del COVID-19 en las personas migrantes y refugiadas de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, A.C. (CMDPDH)[18], señala que las Estaciones Migratorias en México son espacios inseguros y coadyuvantes al contagio del virus entre la población allí recluida, precisamente porque la privación de libertad aunada a las condiciones de inhabitabilidad, lo cual ya había sido señalado por las organizaciones de derechos humanas y la CNDH en un informe del 2019[19]. Por ello, el 17 de marzo de 2020, la CNDH dictó medidas cautelares para prevenir el contagio de COVID-19 en las estaciones migratorias del INM solicitando a la autoridad migratoria “implementar medidas cautelares para salvaguardar la integridad física, psicológica, estado de salud y la vida, de personas migrantes alojadas en estaciones migratorias, estancias provisionales y albergues de ese instituto”[20].  

A pesar de todo ello, las condiciones deplorables de las estaciones migratorias se han mantenido, lo que ha generado el estallido de diversas protestas en estaciones en varios puntos del país, ya que las autoridades no han generado las condiciones necesarias para garantizar que las personas migrantes puedan gozar del derecho fundamental a la salud[21], aún a pesar de la gravedad de la pandemia a nivel global, aún y cuando tienen la obligación, convencional, constitucional y legal de hacerlo. 

Han sido diversas organizaciones de la sociedad civil, a través de la interposición de juicios de amparo ante el Poder Judicial de la Federación[22], así como quejas ante la CNDH, las que han tratado de generar que el INM adopte las medidas necesarias para que las personas migrantes no vean incrementada su condición de vulnerabilidad ante la ya de por sí grave crisis sanitaria en la que se ha visto envuelta la humanidad. 

Con base en los acuerdos con EUA antes mencionados, México se ha convertido en un país receptor de personas migrantes que solicitan protección en ese país, por lo que más de 65,000 personas han sido devueltas desde el 2019 por Estados Unidos a territorio mexicano. Por si esto no fuera poco, en plena pandemia el INM con sede en Baja California, ha retirado la posibilidad de extender la vigencia de las Tarjetas de Visitante por Razones Humanitarias (TVRH) de personas migrantes a quienes les fueron expedidas con motivo de la vulnerabilidad que presentaban al llegar en la caravana de 2018. 

Las condiciones generadas por la pandemia han acrecentado gravemente las violaciones en materia de salud que sufren las personas migrantes que se encuentran en territorio mexicano, esperando poder llegar a EUA en busca de condiciones que les permitan tener una vida digna.

Lamentablemente, ni México ni EUA han implementado políticas para atender a la población migrante, no existen políticas de apoyo al ingreso en caso de pérdida de empleo, acceso a vivienda segura y saludable e información confiable sobre las medidas de prevención del COVID-19 para las personas migrantes. 

La pandemia de COVID-19 ha dejado en mayor desprotección a las personas en tránsito migratorio, incluyendo a aquellas que se encuentran en condición de refugio en el país, La complejidad de la migración, y la crisis económica causada por la pandemia requieren de acciones contundentes y articuladas entre los diferentes actores que confluyen en torno al tema, pues si bien, el entorno ha sufrido un impacto importante, eso no quiere decir que la migración no seguirá su curso. 

Las acciones por implementar podrían ir desde mejorar los mecanismos de inspección y revisión de los protocolos de salud de las estaciones migratorias, revisión del estatus migratorio de las personas que ahí se encuentran a fin evitar el hacinamiento, desarrollar medidas de promoción del empleo, además de diseñar campañas de sensibilización acerca de lo que significa el proceso de la migración. 

Finalmente, el Estado mexicano debe garantizar un trato igualitario y sin discriminación a todas las personas migrantes para acceder a los servicios de salud, a servicios de apoyo y asistencia y protección de su integridad bajo un plan interinstitucional que pueda proteger y garantizar sus derechos humanos. De igual forma, es necesario crear una estrategia conjunta con los países de origen de las personas migrantes, con el objetivo que éstos también lleven a cabo acciones para evitar la migración desde sus países y ahí se les garanticen a todas y todos sus derechos humanos. 

BIBLIOGRAFÍA

Amparos 278/2020 promovidos por Alma Migrante en Tijuana y 509/2020 y 289/2020 por Asylum Access México en Monterrey y en Tijuana; Amparo 426/2020 promovido por Sin Fronteras, Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI) y la Fundación para la Justicia el Estado Democrático de Derecho (FJEDD) en la Ciudad de México; Amparo promovido por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) en la Ciudad de México, entre otros identificados por la propia CMDPDH, en su Informe sobre los efectos de la pandemia del COVID-19 en las personas migrantes y refugiadas, pp. 100-106

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Pradilla, Alberto (2020), Desde el inicio de la pandemia el INM detiene diez veces menos migrantes que hace un año, Animal Político, México, consultado el 27 de enero de 2021 en el siguiente enlace: https://www.animalpolitico.com/2020/05/pandemia-inm-detiene-10-veces-migrantes/


[1] Naciones Unidas, Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular, 10 y 11 de diciembre de 2018, A/CONF.231/3, p. 4. 

[2] Corte IDH. Condición Jurídica y Derechos Humanos del Niño. Opinión Consultiva OC-17/02 del 28 de agosto de 2002. Serie A No. 17, párr. 119; Caso Nadege Dorzema y otros Vs. República Dominicana, párr. 233, y Derechos y Garantías de Niñas y Niños en el Contexto de la Migración y/o en Necesidad de Protección Internacional. OC21/14, nota a pie de p.74.

[3] Naciones Unidas, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, artículo 12.1

[4] Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, Observación General Nº 14 sobre el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud (artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales), E/C.12/2000/4, 11 de agosto de 2000, párr. 12. 

[5] OIM, OMS, OACNUDH, Migración internacional, salud y derechos humanos, 2006, p. 32.

[6] El Economista, AMLO promete visa y trabajo para migrantes centroamericanos, 17 de octubre de 2018, https://www.eleconomista.com.mx/politica/AMLO-promete-visa-y-trabajo-para-migrantes-centroamericanos-20181017-0067.html

[7] Un ejemplo de ello es el choque que se dio entre integrantes de la Guardia Nacional y un grupo de migrantes de la caravana de migrantes procedente de San Pedro Sula Honduras y que marchaba hacia el municipio de Tapachula, Chiapas, el pasado 23 de enero del 2020. El País, Migrantes y Guardia Nacional chocan de nuevo en la frontera sur de México, 23 de enero del 2020, https://elpais.com/internacional/2020/01/23/actualidad/1579818740_492016.html

[8]Reforma, Azotan recortes a Comar e INM, 17 de junio de 2019,  https://www.reforma.com/aplicacioneslibre/preacceso/articulo/default.aspx?__rval=1&urlredirect=https://www.reforma.com/azotan-recortes-a-comar-e-inm/ar1702153?referer=–7d616165662f3a3a6262623b727a7a7279703b767a783a–

[9] Agencia Anadolu, Presupuesto para estaciones migratorias de México disminuye un 85%, 23 de diciembre del 2019, https://www.aa.com.tr/es/mundo/presupuesto-para-estaciones-migratorias-de-m%C3%A9xico-disminuye-un-85-/1682185

[10] Al respecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos adoptó, el 10 de abril del 2020, la Resolución N°01/20 Pandemia y Derechos Humanos en las Américas, la cual señala que “la convicción de que las medidas adoptadas por los Estados en la atención y contención del virus deben tener como centro el pleno respeto de los derechos humanos”

[11] Pradilla, Alberto (2020) Desde el inicio de la pandemia el INM detiene diez veces menos migrantes que hace un año, Animal Político, México, consultado el 27 de enero de 2021 en el siguiente enlace: https://www.animalpolitico.com/2020/05/pandemia-inm-detiene-10-veces-migrantes/

[12] El Economista, La pandemia no es obstáculo para la migración por México, 6 de enero del 2021, https://www.eleconomista.com.mx/politica/La-pandemia-no-es-obstaculo-para-la-migracion-por-Mexico-20210106-0094.html

[13] Advice of the Subcommittee on Prevention of Torture to States Parties and National Preventive Mechanisms relating to the Coronavirus Pandemic, 25 de marzo de 2020. Consultado el 24 de enero de 2021 en el siguiente enlace: https://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/OPCAT/AdviceStatePartiesCoronavirusPandemic2020.pdf

[14] Bachelet, Michelle (2020) Hay que tomar medidas urgentes para evitar que el COVID-19 ‘cause estragos en las prisiones’, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Ginebra, Suiza. Consultado el 24 de enero de 2021 en el siguiente enlace: https://www.ohchr.org/SP/NewsEvents/Pages/DisplayNews.aspx?NewsID=25745&LangID=S

[15] CIDH. Pandemia y derechos humanos en las Américas, Resolución 1/2020.

[16] Instituto para la Seguridad y la Democracia A.C. (Insyde). Informe: El umbral del dolor, el acceso a los servicios de salud en Estaciones migratorias. México, 2017. Consultado el 24 de enero de 2021 en el siguiente enlace: http://insyde.org.mx/wp- content/uploads/2020/01/En-el-umbral-del-dolor_Salud-en-Estaciones-Migratorias_2017.pdf

[17] Tal y como la recomendación 47/2017, disponible en el siguiente enlace: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Recomendaciones/2017/Rec_2017_047.pdf, consultada el 24 de enero de 2021. 

[18] CMDPDH. (2020), Informe sobre los efectos de la pandemia del COVID-19 en las personas migrantes y refugiadas, p. 52. 

[19] CNDH. (2019) Informe Especial: Situación de las Estaciones Migratorias en México, hacia un nuevo modelo alternativo a la detención, p. 42. Consultado el 24 de enero de 2021 en el siguiente enlace: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-11/Informe-Estaciones-Migratorias-2019.pdf

[20] CNDH. Exige CNDH acciones urgentes para evitar hacinamiento y contagio masivo de coronavirus en personas migrantes alojadas en estaciones del Instituto Nacional de Migración (INM), 17 de marzo de 2020. Consultado el 24 de enero de 2021 en el siguiente enlace:https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2020-03/COM_2020_081.pdf

[21] Animal Político, Justicia o fuego: las estaciones migratorias, el COVID-19 y las protestas de los migrantes, 21 de septiembre del 2020, https://www.animalpolitico.com/verdad-justicia-y-reparacion/justicia-o-fuego-las-estaciones-migratorias-el-covid-19-y-las-protestas-de-los-migrantes/

[22] Amparos 278/2020 promovidos por Alma Migrante en Tijuana y 509/2020 y 289/2020 por Asylum Access México en Monterrey y en Tijuana; Amparo 426/2020 promovido por Sin Fronteras, Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI) y la Fundación para la Justicia el Estado Democrático de Derecho (FJEDD) en la Ciudad de México; Amparo promovido por la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH) en la Ciudad de México, entre otros identificados por la propia CMDPDH, en su Informe sobre los efectos de la pandemia del COVID-19 en las personas migrantes y refugiadaspp. 100-106

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