La junta de Fomento de Artesanos existió durante la etapa de la Dirección General de la Industria Nacional; ésta sustituyó al Banco de Avío (1830 – 1842) con el propósito de promover el desarrollo industrial, artesanal y agrícola del país.
El proyecto de Ley Reglamentaria de Articulo 123 Constitucional elaborado por Ejecutivo, fue presentado para su discusión en el periodo extraordinario del XXXIV Congreso de la Unión que se inició el 22 de mayo de 1931. Para apreciar la importancia de este documento se precisa considerar la situación inmediatamente posterior al Congreso Constituyente de 1917.
Trabajo de investigación concluido en 2002 en el Centro de Estudios Latinoamericanos de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.