Ha sido ponderado el artículo 123 como uno de los indiscutibles logros de la Revolución y tal apreciación es correcta. Se sostiene que por primera vez en una constitución se consagraron los “derechos” de la clase obrera. La repetición sistemática de tales especies, ha llegado a afirmarse en el movimiento obrero, de manera que el cumplimiento o no de dicho precepto define al gobernante revolucionario y al reaccionario; así, el mito de la revolución social que cristaliza en los actos de sus herederos, debe mantener la fe de los trabajadores en un mañana promisorio de justicia social.
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